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El nuevo impuesto gravará con el 1,2% los ingresos de las energéticas y con el 4,8% las comisiones e intereses de los bancos


PSOE y Unidas Podemos han registrado este jueves en el Congreso la proposición de ley que crea los dos nuevos impuestos para los sectores bancario y energético para financiar las ayudas frente a la inflación. Estos nuevos gravámenes no irán sobre los beneficios, como inicialmente se había expresado, sino que se enfocará en los ingresos de las grandes compañías energéticas y bancos por su negocio en España. Se aplicará un tipo del 1,2% y se cobrará en 2023 y 2024 para los resultados de 2022 y 2023.

En lo que refiere a energéticas (eléctricas, gasistas y petroleras), el impuesto se aplicará sobre el importe neto de la cifra de negocios, los ingresos de las compañías. Quedarán exentas aquellas que no alcancen los 1.000 millones de euros y las que, teniendo un negocio energético, éste no alcance el 50% de su facturación.

Por parte de los bancos, lo que se grava es la suma de los intereses netos (intereses cobrados menos los pagados) y las comisiones netas (comisiones cobradas menos las pagadas). Tendrán que cumplir con el impuesto los bancos que superen los 800 millones de euros en esta cifra de negocios. Se toma de referencia esta partida por su vinculación a la actividad diaria del banco y porque en el sector financiero no se cuenta con un importe neto de la cifra de negocios, como sí hay en las energéticas.

Estos impuestos se aplicarán sobre los resultados de 2022 y 2023, aunque se cobrarán en el año siguiente. En concreto, se ha fijado que lo paguen en septiembre de 2023 y de 2024 en referencia a los ejercicios previos. Se ha fijado esta fecha para poder contar con la cifra de las cuentas cerradas, que se suelen publicar definitivas en la primera mitad del año. Se abonará, sin embargo, una entrega a cuenta del 50% en febrero en base a la estimación que estos grupos hagan de sus ingresos del año anterior. Como ya se avanzó, se esperan 7.000 millones de ingresos en dos años.

La norma incluye la prohibición de los bancos y energéticas a trasladar estos costes a los clientes. La CNMC y el Banco de España serán los encargados de velar por que esto no se produzca. De apreciarse, se fija una sanción del 150% sobre las cantidades cobradas. Se considerará una infracción "muy grave". Se estima que estarán afectados una veintena de grupos. Se ha optado por tener en cuenta, a la hora de fijar quién está afectado por el impuesto, los resultados del año 2019, por los problemas que ha habido con las cuentas de 2020 y 2021, afectadas por extraordinarios derivados de la pandemia.



Fuente eldiario.es difusión

Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

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