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Más de 7.000 chalets de Llíira tendrán que instalar depuradoras y conectarse a ellas, según el Tribunal Supremo

Más de un centenar de urbanizaciones y núcleos diseminados de Llíria, en los que hay alrededor de unos 7.000 chalets, todavía vierten sus aguas fecales a fosas sépticas y pozos negros. Se trata de viviendas que se encuentran tanto en suelo urbano, como rústico o urbanizable, pero en los que se edificó en su momento sin previa ejecución de la red de alcantarillado. Una sentencia del Tribunal Supremo les obligará a sus propietarios a partir de ahora a instalar depuradoras, bien individuales o colectivas, para tratar esos residuos fecales. Y, según la ordenanza municipal de vertidos a la que ha respaldado el órgano judicial, serán los mismos dueños de los chalets los que tendrán que hacer frente al coste de esta infraestructura.

Los vecinos, reunidos en torno al Consejo de Urbanizaciones, se autoinculparon en 2008 de incumplir con las leyes autonómica, estatal y europea en materia de vertidos en aras de conseguir que el consistorio se hiciera cargo de la ejecución del alcantarillado. Pero la respuesta del ayuntamiento fue negativa. Gobernada entonces por el PP, la corporación aprobó una ordenanza municipal de tratamiento de vertidos y aguas residuales que obligaba a los propietarios de los chalets a instalar depuradoras en sus viviendas „individuales o colectivas„ o a hacerse cargo de las obras de canalización hacia los colectores.

La medida cayó como un jarro de agua fría en los vecinos, que, esta vez organizados bajo las siglas de FUCTU (Federación de Urbanizaciones Camp de Túria) „cuyo brazo político es MoVe, agrupación que se presentó a las elecciones junto a Compromís„ presentaron un recurso contencioso-administrativo contra la ordenanza ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En 2015, este órgano judicial lo archivó, y la entidad vecinal presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que ahora ha sido desestimado. Es más, el tribunal ha ordenado que FUCTU pague las costas del juicio.

Por lo tanto, el Supremo ha dictaminado que aquella ordenanza de vertidos de los populares es conforme a derecho y emplaza, de esa manera, a los propietarios a hacerse cargo de la adecuación del tratamiento de sus vertidos fecales, bien con la instalación de depuradoras o con la construcción del alcantarillado.

Extensión a otros municipios

En Llíria hay al menos 7.000 viviendas y chalés en urbanizaciones y núcleos residenciales diseminados por el término municipal que carecen de redes de saneamiento y que estarían obligados a instalar depuradoras o conectarse a las redes de colectores que están acabadas y en funcionamiento. De las 39 urbanizaciones existentes en el entorno del Parc de Sant Vicent sólo siete cuentan con alcantarillado. Otros 47 núcleos poblacionales se ubican en suelo rústico, por tanto no urbanizable, pero están vertiendo a fosas sépticas. Y otras 27 áreas residenciales, en la carretera de Llíria a Casinos, carecen de redes de saneamiento.

Esta situación alegal en que se encuentran miles de chalets de Llíria se repite en otros muchos municipios valencianos, por lo que la decisión del Supremo podría sentar jurisprudencia.

Ante la publicación de esta sentencia, la portavoz del PP, Reme Mazzolari, criticó que MoVe «silencie» la resolución de los tribunales, y exigió al gobierno socialista de Civera que «empiece a dar soluciones a las necesidades de las urbanizaciones de Llíria»


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Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

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