El denunciante pretendía el reingreso al puesto de intendente principal
del Ayuntamiento de Riba-roja después de ocupar el mismo cargo en
comisión de servicios en el consistorio de Manises entre enero de 2015 y
enero de este año, fecha en la que venció la citada comisión.
El Supremo suprimió su plaza tras el recurso del abogado del Estado que recurrió la creación de plazas y la subida salarial del PP en 2010
El juzgado de lo contencioso-administrativo número 7 de Valencia del Tribunal Superior de Justicia ha acordado el archivo del recurso de apelación que interpuso el ex intendente principal del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria en contra de una sentencia previa del mismo tribunal en la que se avalaba la decisión del consistorio de denegar el reingreso a su puesto de trabajo.
El fallo del juzgado de lo contencioso declara "firme" su decisión y contra la que no cabe ya un posterior recurso después de que el denunciante decidiese no constituir la fianza que debía abonar para interponer el citado recurso de apelación.
El litigio judicial arranca en julio de 2010 cuando el recurrente empezó a ocupar el puesto de intendente jefe, en comisión de servicios, en el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria hasta que en julio de 2012 pasó a desempeñar la plaza en propiedad tras ganar un concurso-oposición. Posteriormente, en enero de 2015 el denunciante solicitó su traslado al Ayuntamiento de Manises, en otra comisión de servicios y para ocupar el mismo puesto, que vencía, justamente, en enero de este año.
Sin embargo, el nuevo de gobierno de Riba-roja -formado por el PSPV, Compromís y Esquerra Unida- denegó la solicitud del empleado público y solicitó un pronunciamiento de la sala, ahora aceptado, sobre los términos en los que debía ser ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba, justamente, diversas plazas de trabajo -entre ellas la de intendente jefe-, y una subida salarial decretada por el Partido Popular en 2010 que suponía aumentos medios del 3'2%, muy por encima del 0'3% del índice de precios al consumo (IPC), recurrida en su momento por el abogado del Estado.
El Ayuntamiento de Riba-roja, en su contestación al recurrente, recuerda, además, que se halla de baja temporal tramitada en el Ayuntamiento de Manises, que debe solicitar posibles adeudos económicos por la baja en el citado consistorio y que toda vez que la justicia se encargó de anular la creación de diversos puestos de trabajo en la plantilla municipal -entre ellas la de intendente principal- y le conmina a ocupar la plaza de agente de policía local para el que fue nombrado mediante un decreto de alcaldía en febrero de 1989.
No obstante, el ex intendente principal recurrió ante la sala de lo contencioso administrativo que lo rechazó y avaló la decisión del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria y el posterior recurso en apelación fue denegado por no haber formalizado la obligatoria fianza económica.
El alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, ha afirmado que el fin del proceso judicial "da la razón a la postura que este equipo de gobierno ha mantenido desde siempre avalada posteriormente por los tribunales ya que el Partido Popular no hizo de forma correcta la relación de puestos de trabajo, con la creación de puestos de trabajo y un aumento exagerado de los sueldos que el Tribunal Supremo se encargó de anular y que ahora los empleados deben devolver".
El abogado del Estado consideró, incluso, que se había dispuesto una jornada partida e irregular a 29 trabajadores con incrementos retributivos de entre los 153 y los 697 euros y pluses económicos que oscilan entre los 11.323 euros al letrado municipal por un factor complementario, factor de festividad a las limpiadores con aumentos de entre 317 y 383 euros o, por último, dificultades técnicas gratificadas con entre 674 y 2.560 euros.
El fallo del juzgado de lo contencioso declara "firme" su decisión y contra la que no cabe ya un posterior recurso después de que el denunciante decidiese no constituir la fianza que debía abonar para interponer el citado recurso de apelación.
El litigio judicial arranca en julio de 2010 cuando el recurrente empezó a ocupar el puesto de intendente jefe, en comisión de servicios, en el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria hasta que en julio de 2012 pasó a desempeñar la plaza en propiedad tras ganar un concurso-oposición. Posteriormente, en enero de 2015 el denunciante solicitó su traslado al Ayuntamiento de Manises, en otra comisión de servicios y para ocupar el mismo puesto, que vencía, justamente, en enero de este año.
Sin embargo, el nuevo de gobierno de Riba-roja -formado por el PSPV, Compromís y Esquerra Unida- denegó la solicitud del empleado público y solicitó un pronunciamiento de la sala, ahora aceptado, sobre los términos en los que debía ser ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba, justamente, diversas plazas de trabajo -entre ellas la de intendente jefe-, y una subida salarial decretada por el Partido Popular en 2010 que suponía aumentos medios del 3'2%, muy por encima del 0'3% del índice de precios al consumo (IPC), recurrida en su momento por el abogado del Estado.
El Ayuntamiento de Riba-roja, en su contestación al recurrente, recuerda, además, que se halla de baja temporal tramitada en el Ayuntamiento de Manises, que debe solicitar posibles adeudos económicos por la baja en el citado consistorio y que toda vez que la justicia se encargó de anular la creación de diversos puestos de trabajo en la plantilla municipal -entre ellas la de intendente principal- y le conmina a ocupar la plaza de agente de policía local para el que fue nombrado mediante un decreto de alcaldía en febrero de 1989.
No obstante, el ex intendente principal recurrió ante la sala de lo contencioso administrativo que lo rechazó y avaló la decisión del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria y el posterior recurso en apelación fue denegado por no haber formalizado la obligatoria fianza económica.
El alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, ha afirmado que el fin del proceso judicial "da la razón a la postura que este equipo de gobierno ha mantenido desde siempre avalada posteriormente por los tribunales ya que el Partido Popular no hizo de forma correcta la relación de puestos de trabajo, con la creación de puestos de trabajo y un aumento exagerado de los sueldos que el Tribunal Supremo se encargó de anular y que ahora los empleados deben devolver".
El abogado del Estado consideró, incluso, que se había dispuesto una jornada partida e irregular a 29 trabajadores con incrementos retributivos de entre los 153 y los 697 euros y pluses económicos que oscilan entre los 11.323 euros al letrado municipal por un factor complementario, factor de festividad a las limpiadores con aumentos de entre 317 y 383 euros o, por último, dificultades técnicas gratificadas con entre 674 y 2.560 euros.
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