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Camp de Túria recibirá 5.500.000€ del Plan Especial de la Diputación que distribuirá 71 millones en la provincia

El objetivo es aliviar las arcas municipales oprimidas y facilitar la creación de 2.500 puestos de trabajo.

Un plazo de 10 dias  para solicitar la adhesión al Plan por los municipios y la exigencia de que la inversión sea sostenible y tenga una vida útil superior a 5 años.

Se trata de un Plan de Inversiones Sostenibles que presentó ayer la Diputación en rueda de prensa y que hoy se publica en el DOCV, que exige que las inversiones de los municipios no incrementen el gasto corriente por encima de lo que la actual legislación permite y que además establece una serie de áreas en las que se puede invertir (ver al final del artículo).

Muchos municipios necesitarán buscar el consenso para decidir las inversiones, aunque los 10 dias de plazo hacen necesaria una rápida actuación.

Entre las condiciones se encuentra la de que la deuda viva no exceda el 75% de los gastos corrientes, lo que eh algunos municipiso obligará al consenso municipal para abordar los Planes Financieros que se recogen también en la norma para salvar esas situaciones. Asimismo el municipio deberá estar al día en los pagos a la Seguridad Social.

Antes las personas que los bancos, argumento que ha llevado al gobierno de la Diputación a emplear el remanente en este proyecto.

Los 71 millones provienen de los Remanentes de Tesoreria que la Diputación tiene y que, de no emplearlos en algún tipo de proyecto, deberá dedicarlos a amortizar deuda. Por eso, el Presidente de la Diputación esplicaba que 'antes están los ciudadanos/as que los bancos'.

La distribución ha sido objetiva por número de habitantes (a excepción de Valencia capital) y mejorando aquellos municipios que tenian menos de 1.500 habitantes.

Camp de Túria recibe 5.500.000 euros en subvención y cada municipio podrá dedicarla en alguno de los proyectos que estime conveniente, dentro de los establecidos por el Decreto.

El presidente de la Diputación de Valencia, Jorge Rodríguez, la vicepresidenta Maria Josep Amigó,  el diputado de Cooperación Municipal, Emili Altur y la diputada Rosa Pérez, presentaron ayer las bases del Plan de Inversiones Sostenibles del Gobierno de la nueva Diputación con el objetivo de “apostar por el bienestar de las personas y por el mantenimiento o creación de unos 2.500 puestos de trabajo en los próximos meses”.

“Teníamos que decidir si el dinero iba a las personas o a los bancos, y queremos que se destine directamente a los ciudadanos con un criterio objetivo”, ha destacado Jorge Rodríguez, al tiempo que ha asegurado que “es indiscutible que el programa, que contará con 71,2 millones de euros de remanente de tesorería, no responde a intereses partidistas, puesto que es proporcional a la población de cada municipio, con una corrección para los pueblos más pequeños”.

En este sentido, el presidente de la corporación ha informado de que “los municipios de menos de 1.500 habitantes recibirán de entrada 50.000 euros para facilitar la contratación y para generar ocupación”.

En cuanto al reparto de la inversión, Altur ha mencionado que el coeficiente de inversión es de 35,88 euros por habitante: “Los municipios de menos de 1.500 habitantes recibirán de forma fija 50.000 euros por pueblo, y la ciudad de Valencia obtendrá cinco millones que se destinarán a sus pedanías, ya que son las grandes olvidadas”.

Altur ha apuntado también que estos fondos estarán destinados a una serie de actuaciones recogidas en un listado que marca la ley y ha asegurado que no incluye el gasto corriente.




Estas son las condiciones publicada hoy en el BOP

Primera. OBJETO
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas económicas con destino a la realización de inversiones financieramente sostenibles de los Municipios y Entidades Locales Menores de la provincia de Valencia, en inmuebles de titularidad municipal.
Se entiende, a los efectos de las presentes bases, por inversiones financieramente sostenibles, de acuerdo con la D.A. decimosexta del TRLRHL, aquellas que se imputen al capítulo 6 del estado de gastos del presupuesto y reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:
1. Que la inversión se realice, en todo caso, por entidades locales que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
2. Que tengan reflejo presupuestario en los siguientes grupos de programas recogidos en el anexo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades Locales (modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo)
161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas
162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos
165. Alumbrado público
172. Protección y mejora del medio ambiente
412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos
422. Industria
425. Energía
431. Comercio
432. Ordenación y promoción turística
441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte
442. Infraestructuras del transporte
452. Recursos hidráulicos
463. Investigación científica, técnica y aplicada
491. Sociedad de la información
492. Gestión del conocimiento
133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento
155. Vías públicas
171. Parques y jardines
336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico
453. Carreteras
454. Caminos vecinales
933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles propiedad de la entidad local afectos al servicio público.
Grupo de programas 933: Por lo que se refiere a la definición de inversiones financieramente sostenibles cabe considerar incluidos en su ámbito objetivo de aplicación los gastos de rehabilitación y conservación en edificios de uso múltiple y en infraestructuras e inmuebles de propiedad de las entidades locales afectos a usos concretos de ámbitos tales como el educativo, deportivo, cultural o social (Nota del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de 13/04/2015).
3. Que la inversión permita, durante su ejecución, mantenimiento y liquidación, dar cumplimiento a los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública de la Corporación Local. A tal fin se valorará el gasto de mantenimiento, los posibles ingresos o la reducción de gastos que genere la inversión durante su vida útil.
Quedan excluidas las inversiones que tengan una vida útil inferior a 5 años, así como las que se refieran a la adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se destinen a la prestación del servicio público de transporte.
A efectos de establecer los gastos susceptibles de subvención en la presente convocatoria, se considerará gasto subvencionable los honorarios técnicos, tanto por dirección de obras como por redacción de proyectos, siempre que estén directamente relacionados con la ejecución de la actividad subvencionable. No se subvencionará la redacción de proyectos que no lleve aparejada la ejecución de los mismos.


 Los requisitos que se deben cumplir son los siguietnes:

BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria todos los Municipios y Entidades Locales Menores de la provincia de Valencia que presenten su solicitud de participación en plazo y que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes:
1. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal, Autonómica y con la Diputación Provincial de Valencia, así como frente a la Seguridad Social.
2. No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
3. Que cumplan los requisitos contemplados en la D.A. 6ª de la LOEPSF 2/2012 (introducida por la Ley Orgánica 9/2013 de control de deuda comercial en el sector público) y que son los siguientes:
a. No superar los límites que establece el TRLRHL para la necesidad de autorización al endeudamiento, y que son:
i. Tener ahorro neto negativo.
ii. Tener una deuda viva superior al 75% de los recursos corrientes.
b. Tener superávit en términos de estabilidad presupuestaria.
c. Tener un remanente de tesorería para gastos generales, derivado de la liquidación del ejercicio 2014, positivo.
d. No superar el período medio de pago a proveedores (30 días, según el cálculo establecido por el Real Decreto 635/2014 de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología del cálculo del período medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la LOSPSF).
Las entidades que no cumplan las condiciones de la D.A. 6ª de la LOEPSF podrán ser beneficiarias únicamente si:
Tienen aprobado un Plan Económico Financiero (PEF) por el Pleno y, en su caso, por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, que incluya la inversión financieramente sostenible o aprueben o se comprometan a aprobar uno nuevo donde se recoja la inversión que se prevé hacer y se acredite que la misma no conllevará gastos de mantenimiento.
En caso de aportar documento comprometiéndose a elaborar un PEF, éste deberá estar aprobado por el Ayuntamiento y remitido a la Diputación antes de la adjudicación de la inversión.
A estos efectos, no se considerarán gastos de mantenimiento los gastos de reparación y/o conservación ocasionados por el uso ordinario a lo largo de la vida útil de la inversión.


foto de la rueda de prensa

Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

4 comentaris :

  1. Baltasar Garces de San Antoniodimecres, de setembre 09, 2015

    ¡una pasta.....!. además de eso del consenso, no estaría mal una consultilla de algun tipo hecha por el Ayuntamiento oficialmente para elegir la inversión.

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  2. vecino de san antoniodimecres, de setembre 09, 2015

    Pues es verdad, ¡¡¡una pasta para el pueblo!!!, y una esperanza para los parados de este municipio que podran tener trabajo. ¿Como repartirlo?, si se cumplen con todas las condiciones, pues a traves de las asociaciones y mirando al pueblo. Solo espero que guayen no empieze con sus tonterias y colabore. Yo creo que con la metedura de pata de la piscina ya han cubierto el cupo de tontorro...

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  3. Vecino de San Antonio. La metedura de pata es culpa de Guanyem? Estás seguro?

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    Respostes
    1. Y si no es culpa vuestra, ¿de quien es?

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