Informe de la Defensora del Pueblo, problemas de nuestro entorno municipal Informe de la Defensora del Pueblo, problemas de nuestro entorno municipal
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Informe de la Defensora del Pueblo, problemas de nuestro entorno municipal


El informe presentado por la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril ante la presidencia de las Cortes Generales tiene numerosas reflexiones y ejemplos de lo que cotidianamente se manifiesta como queja de la actuación municipal. Quejas que también ocurren en nuestra comarca y a lo largo de todo el País Valenciano. 'Las grabaciones de los Plenos, La falta de información a los concejales y falta de medios para su trabajo, La falta de entrega y puesta a disposición de los ciudadanos/as de ordenanzas, los símbolos religiosos en los salones de Plenos'.

Son ejemplos que recoge la Defensora del Pueblo cuyo cargo tiene un nivel Constitucional y que por lo tanto,  en su trabajo termina  informando de todas las quejas más significativas ante las Cortes Generales.

Soledad Becerril recoge en su informe quejas como las siguientes.

Dice la Defensora que: Existen todavía salones de Plenos en los que las figuras religiosas se encuentran presidiendo el acto'En nuestra comarca el salón de Plenos de la Pobla de Vallbona está presidido por dos grandes imágenes'.
No está muy lejos esto de nuestro entorno, una visita el Salón de Plenos de la Pobla de Vallbona muestra la sorpresa de ver, (una a cada lado del símbolo constitucional), una enorme imagen en cuadro de una 'Virgen del Rosario'  y al otro lado otra imagen de un 'san Sebastián'. Siempre se aduce que son regalos hechos al Ayuntamiento y por lo tanto se colocan presenciando el Pleno. Lo curioso es que estamos seguros que Carmen Contelles no permitiría que un regalo de la Mezquita que se encuentra en el término municipal de la Pobla, figurara en la cabecera del Pleno.

Dice la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, en un caso muy similar al de La Pobla de Vallbona:

la alcaldesa de la Pobla con las imágenes en el salón de plenos
Con motivo de una queja se iniciaron actuaciones ante el Ayuntamiento de Parla (Madrid), con motivo de la exposición permanente de la imagen de la Virgen de la Soledad en el Salón de Plenos del Ayuntamiento. El interesado se dirigió al Defensor ante la posible vulneración de la neutralidad religiosa del artículo 16 de la Constitución española. Del informe recibido de la corporación municipal se desprendía que la imagen de la Virgen de la Soledad, Patrona de Parla y Alcaldesa Honoraria con carácter perpetuo, presentaba un contenido inequívoco religioso, con independencia de constituir un símbolo cultural que comparte una gran mayoría de la sociedad de Parla.
Asimismo se concluía que no era imagen que tuviese una valoración cultural, arquitectónica, decorativa, histórica o artística de relevancia, o un objeto con un valor histórico-artístico parte sustancial de una estructura que pudiera quedar dañada al quedar separados la simbología religiosa de la configuración arquitectónica. A juicio del Defensor del Pueblo, la permanencia estable de un símbolo identitario de carácter religioso en las salas de plenos de las corporaciones locales carece de relación objetiva con la naturaleza específica de las actuaciones públicas que cobijan dichos recintos y pudiere, incluso, implicar la apariencia de conexión o de vinculación entre ambas categorías que es, precisamente, lo que el texto constitucional pretende evitar.

Considerando que la neutralidad en materia religiosa es un presupuesto para la convivencia pacífica entre las distintas convicciones religiosas existentes en la sociedad plural y democrática, se solicitó que se valorase la oportunidad de proceder al traslado de la imagen de la Virgen de la Soledad de la sala de plenos de ese Ayuntamiento a otro lugar, en el mencionado recinto, donde no quedase afectada la neutralidad de la corporación municipal en el ejercicio de sus correspondientes funciones.

Aprobación de Ordenanzas sin publicarlas en la página web.

Se trata de una queja continuada porque muchos Ayuntamientos, la mayoría de Camp de Túria también, aprueban provisionalmente las ordenanzas y no las exponen en su página web, algunos tampoco las publican en el BOP, por lo que para poder hacer alegacioens o concoerlas, es preciso acudir presencialmente al Ayuntamiento, con lo dificil que eso hace la participación de la ciudadania. Tal es el caso por ejemplo de San Antonio de Benagéber, entre otros.

La Defensora del Pueblo dice 'que ha solicitado al Ministerio de Hacienda que establezca la obligación de publicar completos los proyectos de ordenanzas en la página web del Ayuntamiento, para que puedan ser consultados y hacer alegaciones sin necesidad de personarse en las oficinas municipales.'

http://www.defensordelpueblo.es/es/Documentacion/Publicaciones/anual/Documentos/Informe_2013.pdf

Grabación de Plenos Municipales:
Ante las continuas quejas por diferentes 'extrañas' excusas de los alcaldes sobre la posibilidad de grabar los Plenos, algunos utilizando elementos tan lejanos al derecho a la informaicón como evitar que se graben por personas que no sean funcionarios, o por un medio determinado que ha sido designado para que lo haga, prohibiéndose al resto.

También en nuestro entorno existen Ayuntamientos que han utilziado estos argumentos, como Vilamarxant, Serra, incluso en algunas ocasioens la Pobla de Vallbona. la Defensora del Pueblo dice que  se han iniciado actuaciones ante el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para que se regule el derecho de poder ser grabados los Plenos por los concejales y por el público asistente

La web municipal de San Antonio de Benagéber, un incumplimiento continuado de la ley de uso y enseñanza del valenciano.

La Defensora del Pueblo también acoge las numerosas quejas y se dirige en este sentido a los correspondientes municipios para que aquellas Webs que incumplen la Ley de uso de las lenguas cooficiales (ley  4/1993 de uso y enseñanza del valenciano); sean rectificadas.  En este sentido recoge la lesión de derechos de los concejales y de la ciudadanía por no encontrar los documentos y la propia página web municipal en una de las dos lenguas cooficiales.

Es el caso en nuestra comarcal de la web municipal de San Antonio de Benagéber. Una web, que en su momento costó  bastante más que lo que se acostumbra a tener por costumbre para estos casos, pero que sólo recoge en valenciano las cabeceras y los laterales, no existiendo ninguna versión en valenciano del contenido de la página (las administraciones públicas deben tener a disposición de los ciudadanos, versiones en todas las lenguas cooficiales de la Comunidad)..


Además de estas cuestiones, la Defensora del Pueblo, en su informe hace un relato de todos los problemas que atraviesa la ciudadanía, desde los desahucios, hasta elderecho a la vivienda, la dependencia, el trabjo, los incumplimientos de las Comunidades Autónomas, la infracción de derechos de los inmigrantes, etc., etc.
Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

1 comentari :

  1. Cuando ellos se saltan la ley, constitución incluida, no tiene importancia es que sois muy escrupulosos. Si la infringes tú, te caerá la multa, la ley mordaza, te expulsan del pleno y si la cosa se pone, te llevan al cuartel. la ley del embudo constitucional

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