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EU de Bétera lamenta que el gobierno local no acepte su propuesta sobre una tasa a los cajeros bancarios

La propuesta pretendía exigir una tasa por cada cajero público de los bancos y fue presentada por Esquerra Unida el pasado mes de mayo. La cuantía propuesta era de 1000 euros a fijar por medio de la correspondiente ordenanza fiscal.
Los cajeros automáticos públicos en los inmuebles con acceso directo desde la vía pública, seria el objeto de la tasa cuyos obligados al pago tendrían  que ser los bancos y cajas, sin perjuicio para el consumidor, “ ya que son los que se enriquecen de esa utilización del dominio público, y no los usuarios “.

Desde EUPV-Bétera lamentan  el rechazo  de  esta propuesta por parte del equipo de gobierno municipal.

Sin embargo este tipo de Tasa está siendo implantada por diferentes municipios que consideran que el uso intensivo que hace la Banca de las fachadas para este destino es una posibilidad más para que las entidades financieras colaboren en los ingresos municipales. A juicio de Esquerra Unida se pierde así una oportunidad, ya que el Tribunal Supremo dio vía libre a los municipios para poder cobrar a cajas y bancos por la utilización intensiva que los cajeros automáticos hacen de los espacios públicos, contrariamente a lo defendido por la patronal de las cajas de ahorros, la CECA.

Según informa Esquerra Unida de Bétera, en una sentencia fechada el 11 de  Febrero de 2009, la Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoció finalmente la legitimidad  para poder cobrar una tasa municipal a los cajeros automáticos instalados en las fachadas de las entidades financieras.

El Supremo desestimó la impugnación de ls CECA y da vía libre a todos los municipios . Consecuentemente se avala que los Ayuntamientos cobren a entidades  financieras una tasa por los cajeros automáticos que se sitúan en vía pública. Además, con independencia de que el cajero se prolongue por detrás de la fachada, según se desprende del escrito.

El Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la patronal de cajas CECA, y confirma la legalidad de la ordenanza  que un determinado Ayuntamiento cobra por esta tasa. En ésta su primera sentencia al respecto, el TS crea jurisprudencia. Y reconoce que en estos supuestos existe una utilización especial del dominio público que beneficia a la entidad finaciera, y que justifica, por tanto, el cobro de dicho importe por parte de los Ayuntamientos

Una oportundiad desaprovechada por el gobierno de Bétera, que es lamentable, a juicio de  Esquerra Unida que la propuso en su día.

Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

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