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San Antonio cobrará agua potable, contribución rústica e IAE desde el 1 de septbre a 31 octubre

Se trata del agua 'potable' del 1er semestre que suministra el propio Ayuntamiento en las zonas de San Vicente, del casco urbano y de la zona entre el casco urbano y Coilnas de San Antonio.

El Bop publicó el pasado 24 de agosto la exposición al público, para cualquier reclamación, los padrones fiscales que se corresponden con estos cobros. El plazo para cualquier reclamación es de 15 días hábiles.

La verificación de los padrones, relación de obligados al pago, se hace más necesaria de lo normal ya que en años anteriores los errores fueron abundantes y llegaron a causar posteriores notificaciones de apremio erróneas.

Con esto, el municipio de San Antonio termina el cobro de todos los impuestos y tasas. Queda pendiente de aprobación definitiva la refundición de la Ordenanza del IBI y el IVTM que se publicó recientemente y cuyo plazo para alegaciones no ha terminado. Esta última refundición de diferentes textos aprobados en diferentes reformas, no incluye el pago aplazado del IVTM, que si hace en cambio del IBI desde 2011.

También queda por aprobar definitivamente la Ordenanza que modificó el Impuesto de Plus Valía que intentó acomodar la modificación a la nueva Ley estatal por las daciones en pago, modificación calificada por las Plataformas de Afectadas por las Hipotecas de ineficaz y de inaplicable en el municipio.

Esta es la publicación del BOP de los padrones fiscales

 

Edicto del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre aprobación de los padrones fiscales que se citan.Sábado, 24 de Agosto de 2013 - BOP 201

Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber
Edicto del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre aprobación de los padrones fiscales que se citan.
EDICTO
Aprobado por resolución de la Alcaldía de fecha 12 de agosto de 2013 los padrones siguientes:
€ Padrón correspondiente a la Tasa por Suministro de Agua Potable Domiciliaria, 1º semestre 2013.
€ Padrón correspondiente al Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicio 2013.
€ Padrón correspondiente al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, ejercicio 2013.
Por la presente se inicia el plazo de exposición pública para su examen, durante un periodo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial" de la provincia de Valencia, a efectos de reclamaciones por los interesados, y considerándose éste como notificación colectiva.
Contra la aplicación y efectividad de estos tributos podrá formularse ante esta Alcaldía recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del periodo de exposición al público, a tenor de los artículos 52 y 108 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 5/2004, y artículo 46 de la Ley 29/88, Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 46 de la Ley 29/98, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, se fijan los períodos de cobranza en período voluntario, de conformidad con el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de septiembre, General Tributaria, y artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, períodos que comprenderán desde el 1 de septiembre al 31 de octubre de 2013, ambos días inclusive.
Transcurridos los respectivos plazos, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, con el devengo del recargo, intereses de demora y costas que se produzcan.
San Antonio de Benagéber, a 12 de agosto de 2013.-El alcalde, Eugenio Cañizares López.
2013/22891

 

 

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