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ADICAE propone una moratorio de tres años en la aplicación de la ley hipotecaria

Las dificil situación que se está atravesando, los miles de desahucios que está protagonizando la Banca sin tener en cuenta la crítica situación en que pone a otros tantos miles de familias y el hecho de que en el Congreso se encuentran dos iniciativas, la ILP propuesta por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca que ha acumulado un millón cuatrocientas dos mil  firmas y un proyecto iniciado por el gobierno con intención de eludir la discusión de la ILP;  hace que grupos como ADICAE hagan propuestas como estas que mientras tanto den árnica.

Resumen de la propuesta de moratoria hipotecaria de ADICAE
Objetivos:
-Suspender durante al menos tres años los procedimientos judiciales (iniciados ya o no) y sus consecuencias, entre ellas el desahucio.
-En algunos casos menos complejos, ajustar el pago de la cuota mensual de la hipoteca a los ingresos reales de la unidad familiar.
Requisitos para acceder de la moratoria hipotecaria
-Familias que hayan impagado al menos tres cuotas hipotecarias y, por tanto, estén dentro o a punto de ser incluídas en un procedimiento de ejecución hipotecaria.
-Sólo podrá aplicarse a casos de primera vivienda (vivienda familiar)
-Personas en desempleo, disminución de ingresos, enfermedad de larga duración, con dependientes a su cargo o con otras circunstancias sobrevenidas.
-La moratoria también se aplica a los avalistas a los que se les reclame el pago y se encuentren en alguna de estas condiciones.
Medidas contenidas en la moratoria de ADICAE
-Desde que se solicita, impedir a la entidad de crédito ejercer el vencimiento anticipado de la hipoteca, generando una deuda de por vida al consumidor.
-La moratoria actúa sobre los intereses moratorios (tradicionalmente elevados y abusivos) reduciéndolos a 2´5 veces el interés legal del dinero.
-El plazo de duración de la moratoria se fijará por una Comisión del ICO, atendiendo a factores como la cuantía de la deuda, el historial de pagos del deudor, las cláusulas abusivas, ingresos, abusos en la contratación, etc.
¿Qué tiene que pagar el afectado al banco?
-Durante la duración de la moratoria: la amortización del capital a través de varias fórmulas ajustadas a los ingresos familiares. Los intereses los paga el ICO, a no ser que la entidad haya recibido algún tipo de ayuda del FROB.
-Tras la moratoria, podría tener que pagar los intereses que ha adelantado el ICO (los del préstamo y los de mora) según sus circunstancias.
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