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El Ayuntamiento aprueba las bases de las Ayudas Paréntesis para apoyar a autónomos y empresas de Marines

Marines:

El Ayuntamiento de Marines ha aprobado las bases de las Ayudas Paréntesis. Una línea dentro del Plan Resistir, puesto en marcha por el Gobierno de la Generalitat Valenciana siendo unas medidas pioneras en toda España. Unas ayudas que nacen con el apoyo y la aportación de la Generalitat Valenciana, la Diputación de Valencia y los propios ayuntamientos. En concreto, la cuantía destinada a atender estas subvenciones, se financiará en un 15 % con cargo al Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2021, y el resto con la aportación de un 62,5% realizada por la Generalitat y por la Diputacion Provincial de Valencia en el 22,5 % restante. El Importe total de las ayudas asciende a 39.319,00 €.

 

"Son momentos difíciles por la situación de la pandemia, además de responder a nivel sanitario tenemos que dar cobertura a las empresas y l@s autónom@s que lo están sufriendo. Hemos hecho un esfuerzo las tres administraciones públicas y vamos a ayudar a aliviar un poco la situación económica y financiera de los sectores más afectados por la Covid-19", ha explicado la alcaldesa de Marines, Lola Celda.

 

La finalidad perseguida con las Ayudas Paréntesis es la concesión directa de las ayudas económicas a los autónomos y microempresas para contribuir al sostenimiento de los gastos corrientes habituales que estos negocios han seguido soportando pese a la carencia o disminución de ingresos experimentada, contribuyendo así a su viabilidad económica, evitando en lo posible consecuencias irreversibles para la economía y desarrollo empresarial y comercial del municipio. Unas ayudas compatibles con otras que conceda la Generalitat Valenciana.

 

Para poder optar a estas ayudas es necesario cumplir una serie de requisitos; entre los que se encuentra, que la actividad económica sea desarrollada por un autónomo/a o una microempresa que no tengan más de 10 trabajadores/as en su plantilla que estén dados de alta en el régimen de la seguridad social o en la mutua profesional correspondiente y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020. Que figuren de alta en la matrícula municipal del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de este municipio a fecha 31/12/2020 en uno o varios de los epígrafes a los que se refiere el Anexo I de la convocatoria (se podrá consultar toda la información en la página web www.marines.es).

 

Además, los beneficiaros deben figurar en el listado de exentos del IAE de este municipio por aplicación de los requisitos legales vigentes para ello siempre que figuren de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Que la actividad se ejerza en el término municipal de Marines. En caso de no tener local afecto a la actividad, el domicilio fiscal deberá encontrarse en el término municipal de Marines a fecha 31 de diciembre de 2020; entre otros.

 

Cuantía

El tope máximo por autónomo/a o microempresa con un máximo de 10 trabajadores será de 2.000€. En los casos en que existan dos autónomos por un mismo negocio, únicamente se contabilizará uno de ellos, entendiendo que el segundo es colaborador.

 

Esta cantidad se incrementará en 200€ por trabajador/a afiliado/a y de alta en la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y autónomos/as. Este importe también podrá ser aplicado al autónomo colaborador, al que se ha hecho referencia en el apartado anterior, siempre que se cumpla con los requisitos para ello. En ningún caso el importe de las ayudas podrá ser superior al importe de los gastos justificados por los beneficiarios.

 

Se podrán justificar, siempre mediante factura, gastos de arrendamiento del local comercial; las compras de mercancías y aprovisionamientos; gastos en suministros de energía eléctrica, agua, gas y comunicaciones; gastos de reparaciones y conservación, piezas, recambios y consumibles de oficina, servicios de profesionales independientes; gastos de personal en sueldos, salarios y cuotas a la seguridad social del empresario individual o las cuotas a cargo de la empresa (cuota patronal); gastos de intereses de hipotecas vinculadas al establecimiento comercial y otros gastos corrientes vinculados a la actividad.

 

La participación en el presente Plan de ayudas por parte de los beneficiarios requerirá la presentación del modelo normalizado de solicitud de ayuda (podrás descargar en www.marines.es) en el plazo de 10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP).

 

La solicitud de la subvención se presentará preferiblemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Marines o de forma presencial con cita previa que se solicitará telefónicamente.



Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

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